Desde hace cinco años que en Chile existe la Ley N° 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento más conocida como la nueva Ley de Quiebras, ley que permite, tanto a empresas como a personas naturales declararse en Quiebra.
Históricamente la “Quiebra” estaba asociada solo a las empresas, quedando excluida las personas naturales. Con la entrada en vigencia de la ley N° 20.720 toda persona, sea dueña de casa, estudiante universitario, adulto mayor o trabajador dependiente o independiente, pueda acogerse al procedimiento y eliminar sus deudas.
Para acogerse al procedimiento, la ley exige, en la especie, poner a disposición todos los bienes de la persona deudora para un remate, al finalizar el proceso. Con lo que se recaude, se podrá pagar lo que se debe, aun cuando la suma de dinero que se alcance en el remate sea menor que el total de la deuda, extinguiéndose el saldo insoluto.
En definitiva, esta herramienta legal, está pensada para aquellas personas que no tienen la posibilidad de pagar.
Ahora, se debe considerar muy bienes las posibilidades antes de someterse a esta opción, porque si, por ejemplo, la deuda es de 10 millones y los bienes del deudor son un auto y una casa, lo mejor será buscar una mejor opción o alternativa de pago antes que entregar ambos bienes para su remate.
En definitiva, nuestra legislación franquea una posibilidad legitima de comenzar nuevamente, desde cero, internalizando la idea de que nadie esta ajeno de la situación.
Una segunda vida económica, sana, sin la carga negativa de un pasado económico no deseado, es posible.
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